viernes, 29 de enero de 2010

La salud: un suntuoso derecho básico

La autora, comunicadora y socióloga ecuatoriana especializada en asuntos internacionales, es Directora del Area de Mujeres de la Agencia Latinoamericana de Información, ALAI. Además, es asesora de varias redes, articulaciones y movimientos regionales e internacionales. Este artículo apareció en Cuadernos Mujer Salud 7. Derechos Humanos de las Mujeres. Desafíos y tareas pendientes, RSMLAC.

Habiendo sido conceptuada la salud como un óptimo estado de bienestar1, la problemática de la salud de las mujeres es una de las áreas donde la interdependencia e integralidad de los derechos humanos se hace especialmente tangible, pues ello postula su vínculo con las relaciones de género y el contexto. Contexto que propicia o impide el ejercicio de la ciudadanía, la apropiación de derechos, el acceso a la calidad de vida y las posibilidades de optar por definiciones individuales.

En ese marco, históricamente han marcado pauta las cuestiones de la reproducción y gestión del cuerpo que actualmente toman agudos matices por las orientaciones patriarcales y comerciales que revisten, por un lado, la mercantilización de las áreas relacionadas con los cuidados, y por otro, el desarrollo lucrativo de la biogenética2.

La mercantilización de la salud, de alcance transnacional, abarca desde el área médica y farmacéutica hasta la de cuidados alternativos, sin dejar de lado la investigación científica, cuya hermenéutica está teñida de relaciones de poder entre los géneros. A tal punto que los temas específicamente relacionados con la salud de las mujeres permanecen hasta ahora entre las áreas de interés marginal, a no ser cuando tiene que ver con asuntos demográficos u otros dichos de interés general.

Ahora es casi imposible desvincular el derecho de las mujeres a la salud del contexto de evolución de la globalización neoliberal que, además de su visión mercantil de los cuidados, está gestando potentes políticas mundiales y de largo alcance en el tiempo. Los convenios de la Organización Mundial de Comercio y los Acuerdos de Libre Comercio de las Américas, en los cuales las consideraciones de género tienen poca importancia, delinean un presente y futuro donde casi nada podrá hacerse al margen de las relaciones comerciales.

Las leyes de patentes y propiedad intelectual, por ejemplo, dejan puerta abierta, de par en par, a la apropiación del conocimiento de las mujeres, los pueblos indígenas y otros grupos por parte de corporaciones e incluso de individuos que no permitirán el uso sin su autorización comercial. Centenas de plantas originarias de los Andes y rituales curativos son parte ya de esas colecciones privadas.
Ni hablar de las patentes sobre los genes que, convertidos en propiedad privada, ponen en manos de sus dueños el futuro de la humanidad. Vender esa información a la industria farmacéutica, que la reservará a algunos privilegiados, arriesga transformar este gran avance científico en una nueva fuente de discriminación3.

Esto comporta una importante modificación de los principios éticos que han regido hasta ahora para el delineamiento de políticas de salud, entre los cuales figuran, por lo menos en principio, el interés colectivo e individual y la responsabilidad de los Estados en garantizarlos.

No en vano la Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos emitió una convocatoria mundial de acción sobre los acuerdos comerciales donde se señalan tres aspectos que afectarían directamente a las mujeres: “en tanto usuarias de los servicios de salud, como principales prestadoras de servicios primarios a su familia y su comunidad, y como cultivadoras de plantas medicinales”4. A lo cual añadiríamos, como sujetas de salud integral y preventiva.

Pues la salud integral tiene relación directa con la ciudadanía plena, el ejercicio de derechos y las situaciones de contexto donde se ejerce la gestión autónoma del cuerpo. Y la salud preventiva tiene que ver con la conciencia social e individual de los cuidados y con el acceso a un sistema de salud pública que permita la realización de las expectativas de calidad de vida asociadas a dicha conciencia.

No está demás decir que la adopción mundial de un modelo reconocido por polarizar las desigualdades y aquella de los acuerdos comerciales, que apunta a una mayor mercantilización de la salud y se aboca a la apropiación privada de recursos y conocimientos, no solo achicará los márgenes posibles para el logro de la salud de las mujeres, tanto en términos de cuidados como de gestión del cuerpo, sino que también limitará sus posibilidades en tanto gestoras de iniciativas propias y productoras de conocimiento.
Hay que mencionar que la mercantilización de la salud es hermana gemela del enfoque de salud curativa, pilar de la generación de réditos para la industria farmacéutica y de servicios5, visión predominante en el delineamiento de enfoques sobre salud en los acuerdos comerciales internacionales, estrechamente vinculados con las nuevas visiones de participación tripartita (Estados, sector privado, y sociedad civil). Visiones que se están poniendo de moda incluso en Naciones Unidas, espacio donde en los últimos decenios las mujeres han logrado colocar importantes prioridades relacionadas con la salud..

De allí que los movimientos de resistencia a este proceso, como lo es parte importante del movimiento de salud de las mujeres, anteponen una visión de prevención y salud integral, relacionada con el interés por el cuerpo, la alimentación, la relación armoniosa con la naturaleza y las preocupaciones por el medio ambiente, los cambios de actitudes de consumo, el acceso a bienes, servicios y conocimiento, aspectos relacionados directamente con el ejercicio de los derechos humanos integrales, especialmente con los económicos, sociales y culturales, que distan en mucho de la visión mercantil.

Salud integral y discriminaciones históricas

A estas alturas, es ineludible vincular el ejercicio de la salud de las mujeres con la posición geo-económica, las relaciones de poder en diversos campos, e incluso diversas situaciones históricas tales como el racismo y la persistencia de relaciones coloniales, la xenofobia, la exclusión social, la discriminación por orientación sexual y otros motivos, que influyen no solo en los parámetros a través de los cuales se define la salud para cada quien, sino que también delimitan las expectativas de las mujeres con relación a sus propias necesidades.

En medio de esto, las visiones holísticas o integrales, o incluso aquellas de salud preventiva, son percibidas como exclusivos beneficios que son accesibles solo a quienes por su empoderamiento, acceso a recursos y otras circunstancias, pueden disponer de sus vidas y cuidarlas. A lo mucho, esto es percibido como una excentricidad, un lujo, y no como un derecho humano que debería ser de beneficio universal.


Para la mayoría de mujeres que desenvuelve su vida en contextos multidiscriminatorios, la salud continúa siendo entendida como la ausencia de enfermedad o apenas como la posibilidad de curar afecciones y no como un derecho.

Con igual perspectiva, solo en las dos últimas décadas, la comunidad internacional ha empezado a reconocer la necesidad de generar acercamientos multifactoriales sobre la salud de las mujeres. Temas como la exclusión, el racismo8 o la homofobia, recién empiezan a figurar entre los elementos que influyen en el bienestar de las personas y, por ende, en la salud.

Los enfoques de las políticas públicas

En un mundo repleto de desigualdades, la protección de la salud de las mujeres nunca fue considerada entre los aspectos centrales a la hora de delinear políticas públicas o internacionales. Pues, como por lo general ellas no cesan sus actividades domésticas o laborales, poco se cuantifica sobre los réditos que implicaría una inversión en su bienestar.

Peor aun, en los actuales procesos de reestructuración económica, estos criterios son los últimos en considerarse al momento de aplicar políticas de reducción de presupuestos sociales y de privatización de los sistemas públicos de salud. Pues si bien la mayoría de países, al amparo de los desarrollos internacionales en términos de derechos, ha diseñado algunas políticas nacionales, estas por lo general son parciales, casi siempre asociadas exclusivamente con la salud reproductiva.


Pero, incluso en ese campo, se denota la tendencia a reducir la salud de las mujeres al control de la natalidad, en muchos casos de manera coercitiva y recurrentemente desvinculada del reconocimiento o entendimiento de los derechos sexuales y reproductivos. Más aun, se ha hecho común que en lugar de mejorar las condiciones para la reproducción, considerada como responsabilidad específica de las mujeres, no solo se impongan límites a su participación en la sociedad por esa función, sino que se haga la vista gorda ante las consecuencias que devienen de ese descuido.

Sin embargo, como lo viene enfatizando desde hace décadas el movimiento por la salud de las mujeres, justamente las más altas tasas de mortalidad y morbilidad femenina se asocian a aspectos reproductivos y sexuales, minimizados en un contexto de empobrecimiento masivo, de recortes presupuestarios estatales en las áreas sociales y de salud, y de privatizaciones del sistema de atención pública que resultan de la aplicación del modelo actual.

Ello repercute no solo en el empeoramiento de las condiciones de salud de las mujeres sino también en una multiplicación de las actividades domésticas, pues son ellas quienes, invariablemente, se ven empujadas a asumir los cuidados de salud que, en otras circunstancias, deberían ser asumidos por el Estado.

A esto también se asocia, por un lado, el incremento de enfermedades laborales provocadas por la escasa salubridad de los espacios de trabajo; los interminables horarios laborales y de trabajo doméstico; el contacto con productos tóxicos, tales como los pesticidas, entre otros. Y, por otro lado, están en aumento los índices de afecciones endémicas, tales como el VIH/SIDA en las mujeres, asunto que pone sobre el tapete tanto los mencionados “descuidos” estatales en salud preventiva como los intereses económicos de las corporaciones transnacionales, pasando por las limitaciones de poder y culturales que restringen las posibilidades de gestión del cuerpo, la sexualidad y la salud.

Asimismo, además de los efectos negativos que devienen del achicamiento de los presupuestos asignados a la salud pública, las visiones más comunes en este campo son las paliativas y no las que concuerdan con la definición de la Organización Mundial de la Salud que la conceptúa como condición de óptimo bienestar, y que involucra una visión integral y preventiva.

Así, tanto las personas como los Estados y la comunidad internacional, se atrincheran en la práctica de curar el mal cuando aparece, con grandes costos humanos y económicos, para la satisfacción de las compañías farmacéuticas cuyo negocio es uno de los más rentables. Es sabido que los pobres mueren por no tener acceso a la salud, cada vez más privada y costosa, y no necesariamente por la gravedad de su afección.

Hacia una gestión ciudadana de la salud y el cuerpo



Ante el reto de apropiación por parte de las mujeres de la gestión, individual y social del cuerpo, como también ante el desafío de las instituciones estatales y globales de proveer salud y bienestar, es interesante visualizar las iniciativas que, aun en contextos de precariedad económica, adelantan propuestas basadas en las personas antes que en las ganancias, en la prevención y no en la costosa cura.

Ese enfoque ha caracterizado a centenas de servicios locales desarrollados en los últimos decenios por el movimiento feminista y por la igualdad de género, los mismos que, en la mayoría de casos, además de representar la única alternativa para las mujeres pobres ante la precariedad de servicios públicos, se han abocado al desarrollo de propuestas nacionales e internacionales en salud de las mujeres11.

En ellos la afirmación del derecho de las mujeres a la salud aparece como elemento necesario para enfrentar las problemáticas, directas y colaterales, que resultan del omnipresente relegamiento de su bienestar. Por ello, la participación de las mujeres en la formulación de políticas nacionales y locales, en el diseño de servicios y en el planeamiento sanitario, se plantea como pendiente e impostergable, vinculada al ejercicio de ciudadanía e indisociable de la vigencia de los derechos humanos.

En ese sentido, el desarrollo de iniciativas de salud preventiva, la promoción de un enfoque de género y diversidad en el diseño de políticas y en las prácticas, la adopción de perspectivas integrales, el reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos, son aspectos indisociables del cumplimiento del derecho de las mujeres a la salud.

Asimismo, tomando en cuenta que su viabilidad depende en gran parte del compromiso de los Estados y de la puesta en aplicación de políticas públicas apropiadas, está sobre la mesa el planteo del desarrollo de la transversalidad integral de género y de un planeamiento basado en las necesidades humanas. Lo que incluye la diversificación de los enfoques, actualmente centrados en la salud curativa, a través de la valoración de otras formas de conocimiento tales como la medicina tradicional indígena y otras prácticas vernaculares -que históricamente han constituido verdaderos pilares de los cuidados individuales y colectivos-, como también de otras más recientes: aquellas asociadas a la salud feminista, preventiva e integral.

Igualmente, el movimiento feminista ha planteado algunos asuntos prácticos: que las instituciones públicas que producen estadísticas procesen información desagregada por sexo, raza/etnia y orientación sexual, y generen indicadores de género. Y poder conocer, de esta manera, las realidades y necesidades particulares de las mujeres, y que se multipliquen las investigaciones que cruzan las variables de género con situaciones sociales como las diferencias socioeconómicas, étnicas, de edad, de orientación sexual, y otras que permitirían un planeamiento de salud más respetuoso de la diversidad.

En definitiva, además de prácticas de servicios de índole diversa que prueban que el derecho a la salud es viable, el movimiento feminista ha abundado en propuestas concretas para la aplicación inmediata de este derecho tan básico que, en el contexto, es percibido como suntuario. Para que sea de aplicación universal, habría que romper con la contradicción que existe entre la visión mercantil que subyace en el enfoque curativo dominante, y las necesidades de las mujeres y de toda la población.

Para que en un contexto de regresiones y empobrecimiento generalizado la universalidad sea posible, solo queda insistir, aun contra la corriente, en la importancia del mantenimiento de los sistemas públicos y el fortalecimiento de las políticas públicas en este campo. Lo que implica mayor involucramiento de los Estados y no su descompromiso.


La gestión de la salud integral, en el contexto global, tiene que ver con una ética de humanidad que debería regir el conjunto de relaciones sociales, con una necesaria confluencia de haceres, recursos y voluntades que encaminen a pagar la deuda por exclusión que la humanidad tiene pendiente con las mujeres, principales afectadas por siglos de desigualdades.

Notas

1. OMS. Definición de salud: La salud es un estado general de bienestar físico, mental y social, y no de mera ausencia de enfermedades o dolencias. Preámbulo de la Constitución de la Organización Mundial de la Salud, adoptada en la Conferencia Internacional de Salud. New York, 19 al 22 de junio, 1946, firmada el 22 de julio, 1946 por representantes de 61 Estados (Official Records of the World Health Organization, Nº 2, p. 100) y puesta en vigencia el 7 de abril de 1948. La definición no ha sido enmendada desde 1948.

2. Un ejemplo de ello son los varios centenares de bancos de ADN, que existen en el mundo entero, cuya vocación inicialmente humanitaria es hoy comercial. Las reservas de ADN están siendo acumuladas por investigadores y laboratorios que tienen los ojos puestos en los potenciales réditos de la farmacogénica. Ver Pedro Lima, Soupcons sur les banques d’ADN, www.monde-diplomatique.fr

3. Ignacio Ramonet. Pokémon, Le Monde Diplomatique, France, 2002.

4. Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos, Un llamado a la Acción, Los Acuerdos comerciales internacionales y la atención a la salud de la mujer, Amsterdam, Holanda, 2002.

5. Lo que incluye la atención médica, los laboratorios, la industria hospitalaria, aquella de implementos y accesorios, y otros.

6. Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, ONU, El Cairo, 1994; IV Conferencia Mundial de la Mujer, ONU, Beijing, 1995; sus respectivas revisiones + 5, entre otros.

7. Visiones asociables a las prácticas vernaculares que se mantienen vivas en los pueblos indígenas.

8. La Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia, y otras Formas Conexas de Intolerancia (ONU/Sudáfrica, 2001), reconoce la incidencia del racismo sobre la salud y recomienda el desarrollo de programas específicos en ese sentido, como también la recolección de datos desagregados por etnia y sexo que permitirían el monitoreo de dichas políticas.

9. Irene León. Extracto del Informe sobre Igualdad de Género, presentado a la Cumbre de Presidentes Europa-América Latina y el Caribe. RECAL, España, 2002.

10. Idem 6

11. Algunas de ellas bastante concluyentes en términos de adopción de políticas, ver Magdalena León T. Derechos Sexuales y Reproductivos, Avances Constitucionales y Perspectivas en el Ecuador. FEDAEPS, IEE, Quito, Ecuador, 1999.


Bibliografía

WHO. Preamble to the Constitution of the World Health Organization as adopted by the International Health Conference. New York, 19-22 June, 1946; Official Records of the World Health Organization, Nº 2, p. 100.

Lima, Pedro. Soupcons sur les banques d’ADN. http://www.mondediplomatique.fr

Ramonet, Ignacio. “Pokémon”. Le Monde Diplomatique, France, 2002.

Red Mundial de Mujeres por los Derechos Reproductivos. Llamado a la Acción: Los Acuerdos comerciales internacionales y la atención a la salud de la mujer. Amsterdam, Holanda, 2002.

Conferencia Internacional sobre Población y Desarrollo, ONU, El Cairo, 1994. Resoluciones aprobadas, septiembre 1994; IV Conferencia Mundial de la Mujer, ONU, Beijing, 1995, Declaración y Plataforma de Acción, octubre 1995.

Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia, y otras Formas Conexas de Intolerancia (ONU/Sudáfrica 13-16 de junio de 2001). Declaración Final y Plan de Acción. Enero 2002.

León, Irene. Informe sobre Igualdad de Género, presentado a la Cumbre de Presidentes Europa-América Latina y el Caribe. RECAL, España, 2002.

León, Magdalena. Derechos Sexuales y Reproductivos, Avances Constitucionales y Perspectivas en el Ecuador. FEDAEPS, IEE, Quito, Ecuador, 1999.

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